Nota de prensa de Agaden:
El pasado día 6 de Noviembre, AGADEN remitió al Departamento de Disciplina Urbanística de la Delegación Provincial de Obras Públicas un informe como consecuencia del interés en el proyecto de construcción de dos canchas de polo en la finca Sambana, de Jimena de la Frontera, y tras haberse personado en todos los expedientes existentes.
De la documentación obtenida en sendas visitas, podemos manifestar lo siguiente
Primero.- En Noviembre de 2006, la empresa Sambana Agropecuaria S.L. presenta proyecto denominado PROYECTO DE CANCHAS DE POLO EN LA FINCA “SAMBANA”. De este se desprende que, la elegida es “ALTERNATIVA 1 O DEFINITIVA”, y la ubicación de la cancha de polo 1 se localiza, - según el Catastro de 2004 del Término Municipal de Jimena al Polígono 10, parcela 1 y 2 correspondientes a la huerta de Matavaquillas localizada en el noreste de la finca “Sambana”.
Segundo.- Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Jimena de la Frontera de fecha 26/04/2007, se admite a trámite el proyecto de actuación.
Tercero.- Dicho proyecto de actuación, se somete a trámite de información pública mediante su publicación en B.O.P. de fecha 14/06/07.
Cuarto.- Con fecha 20/12/07, se informa favorablemente el expediente por parte de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente de esa Delegación Provincial.
Quinto.- Se aprueba el proyecto de actuación en sesión plenaria de fecha 27 de Marzo de 2008.
Sexto.- Desde el colectivo AGADEN se envían denuncias a distintos organismos (Obras Públicas, Medio Ambiente, SEPRONA y Fiscalía de Medio Ambiente) por entender que el Pleno Municipal aprobaría una actuación ilegal.
Séptimo.- Según la Propuesta de Acuerdo llevada a Pleno ( y aprobada ), la licencia de obras la debe de solicitar dentro de 1 año a contar de la notificación de la aprobación en pleno del proyecto de actuación.
Del examen de la documentación anterior, y en condiciones normales, se podría desprender que la actuación ha cumplido todos los trámites que marca la legislación vigente.
No obstante, existen dos elementos que a nuestro entender dejan el procedimiento en una situación bastante ilegal; y son suficientes para que ese departamento inicie un expediente de investigación y depuración de responsabilidades.
Estos elementos a los que hacemos mención son los siguientes:
Primero.- En la fecha, como mínimo, en la que se aprueba definitivamente el proyecto de actuación (sesión plenaria del ayuntamiento de Jimena de la Frontera de 27 de Marzo de 2008) la cancha de polo 1 proyectada para el polígono 10, parcelas 1 y 2 de la Finca Sambana, ya está construida y puesta en uso para la práctica del polo.
Segundo.- Como consecuencia de las denuncias efectuadas por AGADEN ante la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, esta Delegación comunica a AGADEN la apertura de expediente sancionador a la empresa SAMBANA AGROPECUARIA S.L. por no someter la actuación a Informe Ambiental. Habiendo recaído resolución definitiva a dicho expediente con fecha 9 de Marzo de 2007.
Ello indica, que el Agente de Medio Ambiente presenta denuncia varios meses antes de esta resolución definitiva.
A la vista de lo anterior, desde AGADEN podemos presuponer (con bajo riesgo a equivocarnos) que esta cancha de polo está construida de forma ilegal, al menos y como máximo, año y medio antes de la aprobación del proyecto de actuación. Sin embargo, hemos de tener en cuenta que la mayoría de las fotografías que han sido utilizadas para la elaboración por parte de la empresa Estudio 94 S.L. del Proyecto de Actuación y del Informe Ambiental, con fecha Noviembre 2006, son fotos de la actuación ya ejecutada en la finca “Huerta de Matavaquillas”.
Estas fotografías son una vista panorámica, palenques de aparcamiento y picadero de calentamiento. El contraste de los elementos existentes en las fotografías tomadas por AGADEN en Abril de 2008 y las que constan en los documentos mencionados, pueden adelantar, al menos en otro año el inicio de los trabajos para la ejecución del campo de polo 1, polígono 10, parcelas 1y 2 de la “finca Sambana”.
Del análisis de las fotografías, podemos comprobar que las utilizadas en los proyectos presentados en Noviembre de 2006 y Diciembre de 2007, son las mismas que se fotografiaron en Abril de 2008.
Es decir, nos encontramos con que los trabajos de ejecución del proyecto de construcción de un campo de polo en la “finca Sambana” han debido comenzar como mínimo a principios del año 2006, a tenor, tanto de los meses necesarios para ejecutar una actuación de movimientos de tierras, instalaciones de riegos y crecimiento de césped, como de la utilización de estas fotografías de algo ejecutado para documentar fotográficamente un documento presentado en Noviembre de 2006.
Y todo ello, con anterioridad a la petición de la licencia de obras; la cual no se podría haber pedido por parte del promotor antes del día 27 de Marzo de 2008, fecha en la que se aprueba el proyecto por el Pleno del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera.
Podemos deducir que tanto el Ayuntamiento como la Delegación Provincial de Obras Públicas, o han sido engañados por el promotor o no han hecho sus deberes bien; ya que tanto uno como otro, han aprobado un proyecto ya ejecutado con anterioridad a la concesión de la licencia de obras para la puesta en marcha de dicha ejecución, y con anterioridad a la declaración de Utilidad Pública e Interés Social.
Si todo ello ha sido así, se habría vulnerado de forma grave la LOUA.
Podemos añadir, además de lo anterior, las siguientes consideraciones
Primero.- En el proyecto que se presenta en Noviembre de 2006, en el apartado 4.3 PARCELAS Y ZONAS DE ACTUACION, se habla de cancha de polo 1 y cancha de polo 2, Polígono 10 parcela 1 y 2, y cancha de polo 2, Polígono 14, parcela 2.
Segundo.- Sin embargo, en el proyecto presentado en Diciembre de 2007, en el apartado 4.3 PARCELAS Y ZONAS DE ACTUACION, se habla de Polígono 14, parcela 1.
Tercero.- En la COMUNICACIÓN DE ACUERDO al promotor de fecha 17 de Abril de 2008, se le comunica la aprobación del acuerdo de Junta de Gobierno Local para la actuación de 1 cancha de polo en la finca HUERTA DE MATAVAQUILLAS .
Cuarto.- Sin embargo, al pleno del día 27 de Marzo de 2008, se lleva, en su punto quinto, la Aprobación de Proyecto de Actuación para construcción de dos canchas de polo en finca Huerta Matavaquillas promovido por Sambana Agropecuaria S.L.
Quinto.- Independientemente de la empresa solicitante de ambos proyectos, la propiedad de la finca, pasa de estar a nombre de Sambana Agropecuaria S.L. a Huerta de Matavaquillas Agropecuaria S.L. del primer al segundo proyecto.
Es aparentemente un enorme galimatías documental que conviene tener en cuenta comprobar.
Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos de ese Departamento de Disciplina Urbanística que se inicie el correspondiente expediente de investigación de los hechos denunciados.
Así mismo, le hemos solicitado que, si comprobados los hechos denunciados, el resultado es la constatación de que se ha actuado ilegalmente, se inicien las actuaciones siguientes:
- Envío de la documentación que se estime conveniente a la Fiscalía de Urbanismo y Medio Ambiente de la Audiencia Provincial de Cádiz.
- Se inicie expediente sancionador contra la empresa promotora.
- Se inste al Ayuntamiento de Jimena a que se paralicen todas las actuaciones que se encuentren en ese momento iniciadas; principalmente la concesión de la licencia de obras.
- Se inste al Ayuntamiento de Jimena a la revisión de oficio de la licencia de obras que haya podido ser concedida para algo ya construido.
- Se emita el correspondiente informe al Consejo Consultivo de la Junta de Andalucía si se estima conveniente, o si es procedente para que emitan dictamen.
Lo anterior se denuncia ante los medios de comunicación con motivo de la celebración de una Comisión Informativa del Ayuntamiento hoy Jueves 13, en el que se pretende dar el visto bueno a este proyecto, que según AGADEN se ha construido ilegalmente a principios de 2006.
Fdo. Francisco J. Rebolledo
Coordinador Local AGADEN-Jimena.
Agadén denuncia la "situación ilegal" de los campos de polo de Sambana
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