Los andalucistas votaron en contra del proyecto de La Bordalla.
Portavoz del PA ; J. A. Vazquez:
"Conforme al art. 93 del ROF solicitamos la lectura de las alegaciones presentadas por Agaden que no han sido estudiadas por los técnicos municipales.
En este punto traemos una vez más aquí los intentos de “legalización”, como parece que ahora se llama, de una vivienda en no urbanizable. Para ello, se supone que debemos tener en cuenta que es necesaria para la explotación de una finca agrícola o ganadera, y en este punto, a la vista del expediente, no podemos estar de acuerdo en absoluto."
Motivos del desacuerdo:
"Primero por las discrepancias entre la documentación presentada y los titulares de la finca, siendo varias las empresas que facturan, construyen, o piden autorización a lo largo del expediente.
En una zona como Jimena, donde todos sabemos qué es necesario y qué no para explotar una finca, y qué viviendas son para este objetivo y cuales simplemente una residencia de verano, hay detalles que marcan la diferencia.
Por lo que vemos en el expediente, tras otorgar este equipo de gobierno licencia a una construcción por encima de los límites de edificabilidad permitidos, el primer paso que han dado ha sido retirar la normativa sobre construcción en no urbanizable de Jimena, dejando sólo la del propio Parque Natural que era menos restrictiva.
A partir de ahí, llama la atención que no sólo se pide construir la vivienda residencial, sino también dos de los “complementos con informe desfavorable, como la plaza de toros, cuando el tipo de ganadería no lo aconseja, o la alberca de 16x6 metros al lado del depósito de agua, que probablemente terminaría siendo la piscina del chalet ya que, como indican además en su escrito, se destinará a baños y por ello tiene informe desfavorable."
"Además de ello, se pide la construcción de una vivienda de 8x8 metros, adosada a la nave sur, y destinada al guarda, con lo que parece más que evidente que esa va a ser la verdadera vivienda vinculada a la explotación, y no la principal, que estaría desocupada la mayor parte del tiempo a la espera de que la meteorología acompañe para utilizarla como residencia de descanso.
Es más, la reiterada solicitud de permiso para “aislar la vivienda del campo”, que cuenta igualmente con informe desfavorable, es un factor más que indica el objetivo real de la vivienda solicitada, que nada tiene que ver con la explotación de los recursos sino con una segunda residencia en zona no urbanizable.
En cuanto a la explotación en sí, el rendimiento de la misma, además de no venir justificado por la sociedad que solicita sino por otra constructora, se basa al parecer en dos facturas al año, ambas al mismo cliente de Jimena, por importe aproximado de 6.500 euros. ¿De verdad piensa este equipo de gobierno que resulta necesaria una vivienda para explotar una finca con este rendimiento?, ¿realmente piensan que la vivienda no es para uso residencial y que la explotación se cerrará al día siguiente de obtener la primera ocupación?.
La legislación actual no permite construir una vivienda residencial en no urbanizable por el simple hecho de poseer gran número de hectáreas, por lo que entendemos que esta Corporación debe determinar si la vivienda se solicita para mantener la gestión de la finca, o por el contrario la empresa que gestiona la finca se ha creado exclusivamente para obtener los permisos necesarios y poder construir una vivienda como segunda residencia en zona de Parque Natural.
En nuestro caso, a la luz de la documentación que consta en el expediente, entendemos que evidentemente estamos en el segundo caso y por tanto nuestro voto será contrario a la aprobación del proyecto."
El PA votó en contra del Proyecto de La Bordalla
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