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Tal y como quedará cuando entre en vigor el nuevo proyecto de ley, sólo se
quitarán puntos en autopistas (que es lo que mira mucha gente) cuando se
superen los 150 km/h. Eso sí, por encima de 120 km/h será sancionable.
Para comparar la nueva ley con la actual, aquí tenéis otro gráfico que
explica las diferencias en cuanto a sanciones por exceso de velocidad se
refiere:
nueva-ley-seguridad-vial-2
Como ya comenté, el tema de la perdida de puntos se relaja en los primeros
tramos sancionables, pero a costa de un mayor precio en las multas. A simple
vista podría decirse que es una medida para que la gente pueda seguir
corriendo y el estado seguir recaudando dinero, ya que si la gente se queda
sin carné de conducir, no puede seguir infringiendo la ley y por
consecuencia, seguir pagando multas.
Otra de las novedades de esta ley es en cuanto a la notificación de las
multas, que a partir de la aprobación se hará por correo electrónico
obligatoriamente para las personas jurídicas, y optativamente para las
personas físicas. Esta norma promete ahorrar a tráfico unos 19,9 millones de
euros en servicios postales.
También habrá ciertas infracciones que hasta ahora quitaban puntos y que
pasarán a ser solo sancionables, como aparcar en una curva, un cambio de
rasante, un túnel o carril bus. Tampoco quitarán puntos no llevar los
papeles del coche, ni llevar avisadores de radar (¿detectores también?,
tengo la duda).
También cambian los supuestos en cuanto a la inmovilización de vehículos:
* Un coche sin seguro quedará bloqueado (estando en la calle y
localizado por los agentes).
* Circular sin seguro o circular en moto sin casco, el vehículo
quedará inmovilizado.
* También se inmovilizará el vehículo cuando el conductor se niegue a
realizar la prueba de alcoholemia.
* Cuando el vehículo presente graves deficiencias.
Espero que esto os sirva para aclarar un poco más nuestro futuro al volante
LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL
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