A los candidatos del PP y del PSOE de Tesorillo... por Javier Nuñez


Sra. Jarillo, Sr. Solís, ya que alardean públicamente una de experiencia y otro de estudios, no entendemos como incumplen la ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía y confunden a los ciudadanos de Tesorillo proclamándose a los cuatro vientos en la propaganda electoral como candidatos a la ALCALDIA de la ELA, cuando dicha ley en su Artículo 125. Órganos de gobierno de las entidades locales autónomas. dice:


1. Los órganos de gobierno de la entidad local autónoma son la junta vecinal y la presidencia de la entidad local autónoma.

2. No se podrá aplicar a los órganos de gobierno de las entidades locales autónomas denominaciones que puedan inducir a confusión sobre su naturaleza. La mención de la titularidad de la presidencia habrá de ir seguida siempre de la expresión de la entidad local autónoma, y no podrá denominarse alcalde o alcaldesa. Tampoco podrá denominar a la junta vecinal como ayuntamiento, ni a sus vocales como concejales.
Javier Nuñez. Izquierda Unida- Tesorillo.

20 de mayo de 2011
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