Exposición de Motivos:
El curso primero de Enseñanza Primaria del CEIP “Reina de Los Ángeles” de Jimena de la Frontera (Cádiz), consta de una única unidad que escolariza a 28 alumnos y alumnas.
Esto supone un flagrante incumplimiento del artículo 157.1.a de la Ley Orgánica de Educación, que establece:
“Corresponde a las Administraciones educativas proveer los recursos necesarios para garantizar, en el proceso de aplicación de la presente Ley:
a) Un número máximo de alumnos por aula que en la enseñanza obligatoria será de 25 para la educación primaria y de 30 para la educación secundaria obligatoria.
Tampoco pueden implorarse el Artículo 87.2 de la Ley Orgánica de Educación, ni el correspondiente artículo 5.2 del Decreto 40/2011 por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado, que establece que “La Consejería competente en materia de educación podrá autorizar un incremento de hasta un diez por ciento del número máximo de alumnos y alumnas por unidad escolar para atender necesidades inmediatas de escolarización del alumnado de incorporación tardía.” En efecto, al finalizar el período de preinscripción (Junio – 2011) ya había 26 alumnos/as, número que, al superar el máximo establecido por la LOE, obliga a proceder al desdoble. Incluso, al respecto, cabe añadir que no debería hablarse de escolarización tardía pues los dos alumnos que van de 26 a 28 ya cursaron en el centro le educación infantil y fue por olvido familiar que no procedieron a preinscribirlos en plazo. En definitiva, desde el comienzo del curso, en el CEIP “Reina de Los Ángeles” de Jimena de la Frontera (Cádiz) hay 28 alumnos y alumnas cursando primero de Enseñanza Primaria en un único grupo.
La existencia de un único grupo con 28 alumnos no es baladí y supone un impacto negativo para el propio alumnado de primero y para el conjunto del centro, en detrimento de la calidad educativa.
En efecto, al elevado número de alumnos se une la circunstancia de que es previsible que, a lo largo del curso, una vez hechas las pruebas correspondientes que se suelen hacer en primero, se diagnostiquen varios casos de necesidades educativas especiales o apoyo, por la trayectoria de determinados alumnos/as en infantil. Esto complica más la situación y el tema no se resuelve, como se ha sugerido desde la Delegación, con la plena dedicación de uno de los profesores de apoyo del centro a este curso, porque ello redundaría en perjuicio directo del alumnado de los restantes cursos, que tienen derecho a disfrutar asimismo del apoyo que les corresponde.
Por si fuera poco, las aulas no están diseñadas para acoger a tantos alumnos/as y la falta de espacio condiciona muy negativamente la práctica docente en el aula. Ha sido preciso sacar varios muebles de la misma y ni siquiera disponen de la habitual biblioteca de aula.
Proposición no de Ley:
El Parlamento de Andalucía, en cumplimiento de la normativa vigente, insta a la Consejería de Educación a tomar de inmediato las medidas necesarias para proceder al desdoble del curso primero de Enseñanza Primaria del CEIP “Reina de Los Ángeles” de Jimena de la Frontera (Cádiz).