El tribunal estima que el personal de la caja se valió de la escasa "experiencia financiera" del comprador para realizar la operación
La Audiencia de Alicante ha ratificado la condena del Juzgado número 9 a la entidad Banco CAM a devolver a un cliente participaciones preferentes del Royal Bank of Scotland por importe de 309.021,44 euros. El alto tribunal rechaza el recurso de apelación presentado por Banco CAM y declará nulo el mencionado contrato de cuotas preferentes.
En el apartado de fundamentos jurídicos, el tribunal (la sección 4ª
de la Audiencia de Alicante) asegura: "De las pruebas del interrogatorio
realizadas, se deduce que los demandantes no tienen experiencia
suficiente ni formación en materia financiera, por lo que se fiaron en
todo momento de las recomendaciones del personal de la caja, en concreto
la directora de la oficina en el momento de la contratación".
La sala también considera que la CAM ocultó de manera voluntaria información al cliente. "De la prueba practicada se desprende entonces que la información facilitada a la parte contratante por la CAM fue deficiente o incompleta, lo que ha de considerarse en el presente caso como ocultación dolosa determinante de un error invalidante del consentimiento (de los compradores)", puntualiza la sentencia.
La sala también considera que la CAM ocultó de manera voluntaria información al cliente. "De la prueba practicada se desprende entonces que la información facilitada a la parte contratante por la CAM fue deficiente o incompleta, lo que ha de considerarse en el presente caso como ocultación dolosa determinante de un error invalidante del consentimiento (de los compradores)", puntualiza la sentencia.