TJD Recomienda : Dueños de fincas rústicas se rebelan para pagar menos IBI tras un fallo del Supremo


Una sentencia del alto tribunal permite que los suelos urbanizables tributen como rurales hasta que se apruebe su ordenación pormenorizada
Una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de mayo ha puesto contra las cuerdas a los responsables de la Dirección General del Catastro y a los ayuntamientos españoles. El fallo, propiciado por el recurso de unos propietarios de fincas en Badajoz, indica que los terrenos urbanizables deben ser considerados como rústicos a efectos catastrales hasta que no se aprueben para ellos los instrumentos de planeamiento urbanístico que permitan su efectivo desarrollo. Es decir, no basta con que un plan general de ordenación dibuje sobre ellos una futura urbanización, es necesario que se dé luz verde a su ordenación pormenorizada, salvo que el plan no la requiera.


Esta sentencia ha causado un cierto revuelo en las corporaciones locales, incluidas las de la provincia, porque supone que los propietarios de terrenos rústicos que se incluyen en el supuesto analizado por el alto tribunal pueden solicitar que no se les trate como urbanos a efectos catastrales, lo que significa que verían reducido el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y no tendrían que pagar la plusvalía en caso de transmisiones de sus posesiones.La Gerencia del Catastro en Málaga recibe las primeras reclamaciones de propietarios

Según pudo confirmar este periódico, son ya varios los dueños de fincas rurales que han hecho llegar a las oficinas malagueñas delCatastro reclamaciones en el sentido de que se vuelvan a catalogar como rústicas y no como urbanas por el mero hecho de estar programadas en algunos de los planes generales que se han aprobado en los últimos años al calor del ‘boom’ inmobiliario, como es el caso de la capital. Desde la Gerencia Territorial delCatastro en Málaga reconocieron que se han recibido ya algunas de estas reclamaciones, si bien aseguraron que «no son muy numerosas aún», posiblemente por el desconocimiento que aún existe sobre el fallo del Supremo, pese a que ha sido objeto ya de varias informaciones periodísticas a nivel nacional.

Una de esas quejas o peticiones para que una finca vuelva a ser catalogada catastralmente como rústica ha sido presentada por Manuel Fernández, propietario de una extensión de terreno de unos 20.000 metros cuadrados en la zona de Colmenarejo, en Campanillas, donde el PlanGeneral de Ordenación Urbanística (PGOU) de la capital proyecta gran parte de sus futuros crecimientos. Según expuso este vecino, ha pasado de pagar un IBI que no llegaba a unos 60 euros anuales a tener que abonar casi 2.000 euros al año. «Es una barbaridad lo que me cobran, la administración debe mover ficha ya, y los afectados como yo tienen que enterarse de que existe la sentencia», expuso.

Reforma normativa
Precisamente para evitar una lluvia de reclamaciones en los próximos meses, ya que el fallo del Supremo no tiene un efecto jurídico directo pero sí puede ser usado a su favor por los particulares que se encuentren en esta situación en sus recursos administrativos o judiciales, la Comisión Técnica de Cooperación Catastral, formada por representantes de la Dirección General delCatastro y de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), acordó el pasado mes de julio iniciar una reforma de la Ley del Catastro Inmobiliario que recoja el contenido de la sentencia. Así lo reconocieron las fuentes del Catastro en Málaga, quienes apuntaron que, no obstante, se contestará a las reclamaciones que se presenten.

La FEMP envió el pasado mes de agosto a los ayuntamientos una circular en la que se apunta que la sentencia no tiene efectos retroactivos, en el sentido de que haya que devolver lo cobrado de más para estos casos por IBI, y que los municipios analicen caso por caso la situación de las parcelas que puedan verse afectadas.El fallo fuerza un cambio de la ley a nivel estatal para darle cumplimiento

En ese sentido, según pudo conocer este periódico, el organismo de Gestión Tributaria de la capital ya ha solicitado a la Gerencia Municipal de Urbanismo un listado de los suelos que podrían acogerse a la sentencia. No obstante, fuentes municipales consultadas opinaron que no creen que su aplicación vaya a suponer una merma destacada en la recaudación tributaria, un criterio que contrasta con la hipótesis generalizada de que esto podría suponer una pérdida de unos 4.500 millones de euros anuales para los municipios españoles, cantidad que no está aún precisada para el caso de la provincia de Málaga.
Leído en Diario Sur.

13 de octubre de 2014
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