Aquello fue la primera amnistía fiscal.
"Las sociedades dispusieron de una oportunidad para aflorar sus activos ocultos y hacer desaparecer de sus balances los pasivos ficticios, punto de partida para ponerse a bien y mostrarse como ciudadanos de bien mientras se ultimaba la Constitución que un año después consagró un modelo de sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendría alcance confiscatorio."
"En el caso de personas físicas, las que quieran acogerse a la regularización tendrán que formular en el primer trimestre del año una declaración complementaria, muy similar a la que está hoy en vigor, sobre la ya presentada con respecto al ejercicio 1976. Si esta declaración al ser inspeccionada se ajusta a la realidad el fisco se olvidará de la vida pasada del contribuyente en su aspecto tributario.En el caso de las personas jurídicas, éstas podrán aflorar todos los beneficios no declarados, y que por tanto no han pagado a Hacienda, así como regularizar las cuotas del IRTP y de Tráfico de Empresas no abonadas. En este último caso estarán exentas hasta el tercer trimestre del presente año y tendrán que pagarse a Hacienda las relativas al último trimestre de año."
Dicho esto, es fácil comprender que aquel lema era una falacia, de hecho fue el único año que se utilizó, aunque se quedó en la memoria colectiva.